Este beneficio se tramita en caso de fallecimiento de un beneficiario de jubilación del Instituto de Previsión Social de Corrientes. Pueden solicitarlo sus familiares, según los vínculos y condiciones establecidos en la ley.
Acta de defunción.
Cónyuge/conviviente:
Acta actualizada de matrimonio o unión convivencial.
Hijos: se otorga hasta los 18 años y puede extenderse hasta los 21 años con acreditación de estudios.
Acta actualizada de nacimiento.
Constancia de estudios (entre los 18 y 21 años).
El representante legal debe acreditar con documentación su representación junto con una copia del DNI actualizado.
En caso de discapacidad:
Certificado único de discapacidad y, de ser necesario, historia clínica.
Informes de ANSES (los descargás desde Mi ANSES):
Registro de situación prestacional.
Historia laboral (SIPA / anteriores y posteriores a 1994).
Padrón de autónomos/monotributistas.
Consulta de expediente.
Liquidación previsional (o RUB).